CÓMO PREPARAR SU PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL
Puede ser difícil saber por dónde empezar cuando se trata de gestionar los asuntos financieros de un ser querido. La gestión de las finanzas puede resultar abrumadora. Estamos aquí para hacer que el proceso de transición de cuentas sea lo más sencillo posible.
Cada situación es única, por lo que tal vez le convenga consultar a un abogado, a un especialista en impuestos o a un asesor de confianza para que le ayude.
1. ANTES DEL FALLECIMIENTO: REVISAR Y ACTUALIZAR LA CONFIGURACIÓN DE LA CUENTA
Los socios actuales deben revisar y mantener actualizados los beneficiarios que figuran en cada una de sus cuentas en la Cooperativa de Crédito. Si sus beneficiarios aún no son socios de la Cooperativa de Crédito BID Global, anímelos, si son elegibles, a abrir una cuenta para que los fondos puedan ser transferidos en caso de fallecimiento.
- Es importante señalar que los beneficiarios están asociados a la cuenta, no a los socios. Por lo tanto, los beneficiarios deben añadirse a cada cuenta individualmente.
- Para abrir una cuenta sucesoria en el futuro, al albacea testamentario de un socio le convendría abrir una cuenta en la Cooperativa de Crédito (si es elegible) antes del fallecimiento del socio.
2. TRAS EL FALLECIMIENTO: NOTIFICAR A LA COOPERATIVA DE CRÉDITO
Si usted se encarga de los asuntos financieros de un socio de la Cooperativa de Crédito que ha fallecido, póngase en contacto con la Cooperativa utilizando uno de los siguientes métodos.
- Formulario: Complete el formulario en la columna verde de la izquierda
- Teléfono: 202-623-3363
- Correo electrónico
- Correo postal: IDB Global Federal Credit Union, 1300 New York Ave., N.W. Washington D.C. 20577
Tenga en cuenta que la Cooperativa de Crédito y el Banco Interamericano de Desarrollo son entidades jurídicas distintas, y que la Cooperativa de Crédito debe ser notificada del fallecimiento del titular de la cuenta por separado del Banco.
Se le pedirá que proporcione un certificado de defunción (en inglés o en español).
3. TRAS EL FALLECIMIENTO: DESEMBOLSO DE FONDOS
Después del fallecimiento de un socio, el desembolso de los fondos varía en función de la configuración de cada una de las cuentas del socio. Si no está seguro de cómo se configura una cuenta o tiene otras preguntas, póngase en contacto con la Cooperativa de Crédito utilizando uno de los siguientes métodos:
- Formulario: Complete el formulario en la columna verde de la izquierda
- Teléfono: 202-623-3363
- Correo electrónico
- Correo postal: IDB Global Federal Credit Union, 1300 New York Ave., N.W. Washington D.C. 20577
A. CUENTA ÚNICA CON BENEFICIARIOS ENUMERADOS
Normalmente, un hospital o una funeraria notificará a la Administración de la Seguridad Social (ver enlace para obtener más información).
- Cualquier prestación del gobierno para la persona fallecida, como la Seguridad Social, se interrumpirá y/o se devolverá.
- Si una cuenta es de titularidad individual, la Cooperativa de Crédito está obligada a congelar los fondos de la misma al recibir la notificación del fallecimiento del titular. Los cheques que aún no se hayan cobrado se devolverán y se rechazarán todos los retiros automáticos.
Antes de desembolsar los fondos, la Cooperativa necesita lo siguiente:
- Certificado de defunción (en inglés o en español).
- Documento de identidad con fotografía válido de cada beneficiario emitido por el gobierno.
- Instrucciones específicas por escrito del beneficiario para la distribución de los fondos (se puede realizar una transferencia interna a otra cuenta de la Cooperativa de Crédito o un cheque de caja). Una vez que la Cooperativa de Crédito haya recibido todos los documentos necesarios, los fondos se liberarán normalmente en un plazo de 10 a 15 días hábiles.
B. CUENTA CONJUNTA CON O SIN BENEFICIARIOS ENUMERADOS
Normalmente, un hospital o una funeraria notificará a la Administración de la Seguridad Social (ver enlace para obtener más información).
- Cualquier prestación del gobierno para la persona fallecida, como la Seguridad Social, se interrumpirá y/o se devolverá.
- Si la cuenta se mantiene en régimen de cotitularidad, el socio fallecido tendrá que ser dado de baja de la cuenta. El cotitular se convertiría en el único titular principal, con total autoridad para realizar transacciones en la cuenta. El titular principal restante de la cuenta deberá completar y firmar un nuevo formulario de Servicio a los Socios para solicitar la baja del difunto. Póngase en contacto con nuestra línea de Servicio a los Socios en el 202-623-3363 para obtener más información sobre el formulario.
- Una vez enviado el Formulario de Servicio a los Socios, la cuenta permanecerá abierta a nombre del único titular de la misma. Por favor, destruya los cheques emitidos con ambos nombres; se pueden solicitar cheques nuevos a nombre del único titular de la cuenta.
- Los beneficiarios (POD) no sustituirán el derecho de supervivencia concedido a los cotitulares.
C. CUENTA ÚNICA SIN BENEFICIARIOS ENUMERADOS Y EL SOCIO ERA CIUDADANO ESTADOUNIDENSE O RESIDENTE PERMANENTE
Normalmente, un hospital o una funeraria notificará a la Administración de la Seguridad Social (ver enlace para obtener más información).
- Cualquier prestación del gobierno para la persona fallecida, como la Seguridad Social, se interrumpirá y/o se devolverá.
- Si una cuenta es de titularidad individual, la Cooperativa de Crédito está obligada a congelar los fondos de la misma al recibir la notificación del fallecimiento del titular. Los cheques que aún no se hayan cobrado se devolverán y se rechazarán todos los retiros automáticos.
- El tribunal testamentario emitirá un documento nombrando a un “albacea” o “representante personal” (los términos varían según la jurisdicción). Cuando el albacea presenta el documento de designación a la Cooperativa de Crédito, los fondos de la cuenta del socio fallecido se liberan al albacea.
Antes de desembolsar los fondos, la Cooperativa de Crédito necesita lo siguiente:
- Certificado de defunción
- Cartas de administración del patrimonio
- Formulario EIN del IRS para el patrimonio - Cómo solicitar un EIN | Servicio de Impuestos Internos (irs.gov)
- Documento de identidad con fotografía válido del albacea emitido por el gobierno
Una vez que la Cooperativa de Crédito haya recibido todos los documentos necesarios, los fondos se liberarán normalmente en un plazo de 10 a 15 días hábiles. At that point it is the executor’s responsibility to distribute the assets of the estate.
D. CUENTA ÚNICA SIN BENEFICIARIOS ENUMERADOS Y EL SOCIO NO ERA CIUDADANO ESTADOUNIDENSE NI RESIDENTE PERMANENTE
Normalmente, un hospital o una funeraria notificará a la Administración de la Seguridad Social (ver enlace para obtener más información).
- Cualquier prestación del gobierno para la persona fallecida, como la Seguridad Social, se interrumpirá y/o se devolverá.
- Si una cuenta es de titularidad individual, la Cooperativa de Crédito está obligada a congelar los fondos de la misma al recibir la notificación del fallecimiento del titular. Los cheques que aún no se hayan cobrado se devolverán y se rechazarán todos los retiros automáticos.
- La persona designada como representante personal (ejecutor) en otra jurisdicción (país) debe presentar los documentos necesarios para abrir un procedimiento de sucesión extranjera en el Distrito de Columbia antes de que la persona tenga autoridad para recolectar y distribuir cualquier activo ubicado en Washington D.C. Comuníquese con nosotros para recibir ayuda al 202-623-3363.
- Estos documentos deben ser notariados en una embajada o consulado de EE. UU. Servicios notariales y de autenticación de los funcionarios consulares de EE. UU. en el extranjero (state.gov).
Antes de desembolsar los fondos, la Cooperativa necesita lo siguiente:
- Certificado de defunción
- Documento de identidad con fotografía válido del albacea emitido por el gobierno
- Cartas de administración del patrimonio
Una vez que la Cooperativa de Crédito haya recibido todos los documentos necesarios, los fondos se liberarán normalmente en un plazo de 10 a 15 días hábiles. En ese momento es responsabilidad del albacea distribuir los bienes de la herencia.
Aspectos adicionales:
- A los efectos del impuesto sobre el patrimonio: Si el valor en la fecha de fallecimiento de los bienes del difunto ubicados en los Estados Unidos, junto con la exención específica del impuesto sobre donaciones y el importe de las donaciones ajustadas sujetas a impuestos, supera el umbral de presentación de 60,000 dólares, el albacea debe presentar un formulario 706-NA para el patrimonio del difunto. El umbral de presentación del formulario 706-NA no está indexado por la inflación. Consulte las Instrucciones del IRS para el formulario 706-NA para obtener información adicional sobre la exención específica del impuesto sobre donaciones y el importe de las donaciones imponibles ajustadas.
- Además, los tratados sobre impuestos entre Estados Unidos y más de 15 países extranjeros pueden influir en la determinación de las reducciones de las tasas impositivas, las definiciones de domicilio y las deducciones adicionales. Un extranjero no residente domiciliado en uno de los países del tratado puede obtener grandes beneficios a través de estos tratados sobre el impuesto de sucesiones y donaciones. Para obtener más información, visite el sitio web del IRS o consulte a un abogado o un asesor en materia impositiva.